Artículos históricos


Instrucción EF-88.

De Miguel , J. L.

19?
ETSA de Valladolid



1. DE LOS ANTECEDENTES

Poco después de la publicación de la Instrucción EH-80, la Comisión Permanente encargada de su revisión, forma un grupo de trabajo asesor, con objeto de mejorar y actualizar el artículo correspondiente a forjados, el nº 47 de la EH-80 y el correspondiente de la instrucción del hormigón pretensado , EP-77, en el supuesto de que ambos tipos de piezas, armadas y pretensadas, compiten para solucionar un único elemento, el forjado y deben poseer reglas comunes.

El grupo aglutinó a industriales fabricantes de ferralla prefabricada para viguetas, armadura de pretensar y bovedillas, técnicos consultores, calculistas, arquitectos proyectistas, representantes de laboratorios de control de materiales y de la administración ligada a estos temas. Algunos de ellos eran además profesores universitarios.

El grupo comenzó sus trabajos de deliberación con un guión relativamente amplio, que hacía presagiar un desarrollo muy superior a un simple artículo de instrucción. En el ánimo de todos estaba la idea de que el contenido de EH-82 para forjados era pequeño, comparado con la repercusión del forjado en la estructura de un edificio, que alcanza en ocasiones más del 50% . La patología causada por forjados era amplia. Las esbelteces límite, que en la instrucción anterior eran simplemente recomendables, conducían a cantos elevados, y a costes importantes, por lo que los técnicos implicados estaban abocados a proyectar con un canto menor, con los consabidos riesgos inherentes al aumento de la deformabilidad, sin una codificación precisa de cómo calcularla.

La obligación de la Autorización de Uso paliaba algunos inconvenientes, obligando a explicitar y a someter a supervisión los valores fundamentales del forjado. Sin embargo la práctica estaba derivando a la construcción del forjado a partir de planos ofrecidos por el fabricante de viguetas, en ocasiones sin firma, y sin clarificar de quién era la responsabilidad.

El grupo mantuvo reuniones mensuales, hasta poder elaborar una ponencia consensuada, que ofreció a la Comisión en 1986. Tal ponencia no significaba acuerdo total, y en algunos puntos no estaba disponible un fundamento teórico para tomarlo. En particular, sobre el tema de la flecha, parecía previo definir el concepto y los criterios básicos de su cálculo, antes de poder abordar la del caso particular del forjado.Los debates en el seno de la Comisión, y los trabajos de modificación del artículo general de flecha, llevaron varios meses. La aprobación del contenido como una norma independiente, ya que sustituía a los artículos de las dos instrucciones, se produjo en 1987. Los trabajos de edición y consulta previa a la Comunidad Europea obligaron a posponer su publicación en el B.O.E. hasta el verano de 1988.

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